El Superintendente de Seguros de la Nación resolvió conceder la apelación interpuesta por AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA contra la Resolución RESOL 2017-40622-APN-SSN#MF de fecha 18 de julio, en los términos de los Artículos 83 y 86 de la Ley N° 20.091, al solo efecto devolutivo.
Por otro lado el Vice Superintendente de Seguros de la Nación levantó la medida cautelar de prohibición de celebrar nuevos contratos de seguros adoptada respecto de dicha compañía a través del Artículo 4º de la Resolución Nº 40.622, de fecha 18 de julio de 2017.
Adjuntamos ambas resoluciones de la SSN:
Resolución 40.714 -> https://drive.google.com/open?id=0BzEqwAY15PmtM3l3N3JqcTJ3alNoSjFuMldUdGZicmZkLWZr
Resolución 40.722 -> https://drive.google.com/open?id=0BzEqwAY15PmteG12U2RXcndXc3pBbWxieE9YaDZqUDg2YWNJ
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