
Estimados:
Tal como solicitó FAPASA a la SSN el pasado 26 de octubre, se modificó la prohibición del artículo 3 de la Resolución 332 que no permitía comercializar seguros en locales en los que sean ofrecidos otros productos o servicios ajenos a la actividad aseguradora.
Mediante la Resolución 504/2020 publicada en el B.O. el 30 de diciembre, se establece que “El ofrecimiento público de contratos de seguros no se podrá concretar en locales en los que sean ofrecidos otros productos o servicios ajenos a la actividad aseguradora, CUANDO TAL OFRECIMIENTO NO SEA REALIZADO POR PARTE DE ENTIDADES ASEGURADORAS, PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS, SOCIEDADES FORMADAS POR PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS O AGENTES INSTITORIOS”.
De esta manera, la normativa permite SOLO a los PAS, Organizadores o Aseguradoras la comercialización de seguros en oficinas en las que también se brinden servicios o productos de otros rubros, como -por ejemplo- el caso de los PAS que también ejercen como Abogados, Contadores, u otras profesiones.
Asimismo, la normativa indica que la obligatoriedad de la exhibición del Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de Seguros (CAOPCS) será exigible a partir del 1° de marzo de 2021.
A partir del 1 de febrero de 2021 podrán descargarse los correspondientes certificados de la web de la SSN.
Adjuntamos link para descargar Resolución 504/2020 Descarga Aquí.
CONSEJO DIRECTIVO.
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